Negocios

Contrato de traspaso de negocio

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El traspaso de un negocio es una figura muy utilizada en el mundo empresarial
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El traspaso de un negocio es una figura muy utilizada en el mundo empresarial cuando una persona desea transferir la propiedad o gestión de su establecimiento a otra.

Esto puede ocurrir por motivos personales, financieros o estratégicos, y requiere un contrato claro que establezca los derechos, obligaciones y condiciones del traspaso.

Conocer cómo funciona y contar con un modelo de referencia te ayudará a evitar problemas legales y a garantizar una transacción segura.

¿Qué implica el traspaso de un negocio?

El traspaso de un negocio implica ceder la propiedad y/o gestión de un establecimiento comercial a otra persona o empresa. Este traspaso puede incluir:

  • El local (propio o alquilado).
  • Inventario y mercadería existente.
  • Equipos, mobiliario y maquinaria.
  • Cartera de clientes y proveedores.
  • Derechos sobre la marca o nombre comercial.
  • Licencias y permisos vigentes.

En algunos casos, el traspaso también contempla deudas o compromisos pendientes, que deberán especificarse claramente en el contrato.

¿Qué significa que te traspasan un negocio?

Significa que adquieres un negocio ya en funcionamiento, con todos sus activos y, en algunos casos, con sus obligaciones. Esto puede ser beneficioso, ya que:

  • Ahorras tiempo y esfuerzo en la creación y posicionamiento de una nueva marca.
  • Cuentas con una base de clientes ya establecida.
  • Tienes un flujo de ingresos inmediato (si el negocio es rentable).

Sin embargo, también implica riesgos, por lo que es esencial analizar el estado financiero y legal del negocio antes de aceptar el traspaso.

¿Cómo traspasar un negocio a otra persona?

Para traspasar un negocio de forma segura, se recomienda seguir estos pasos:

  1. Revisar contratos vigentes (de alquiler, suministros, proveedores).
  2. Valorar el negocio para definir un precio justo.
  3. Negociar condiciones de pago, entrega y posibles deudas.
  4. Elaborar un contrato de traspaso con todos los detalles.
  5. Firmar ante notario, en caso de que la ley o el monto lo requieran.
  6. Actualizar registros en SUNAT, licencias municipales y demás documentos legales.

Modelo de contrato de traspaso de negocio

Demo 1 de Contrato

CONTRATO DE TRASPASO DE NEGOCIO

En la ciudad de Lima, a los 10 días del mes de febrero del 2025, se celebra el presente contrato de traspaso de negocio entre:

PRIMERO: Don Carlos Alberto Ramírez Huamán, identificado con DNI N° 45678912, con domicilio en Av. Los Olivos 345, distrito de Los Olivos, Lima, en adelante EL CEDENTE.

SEGUNDO: Doña María Fernanda Torres Gutiérrez, identificada con DNI N° 48231654, con domicilio en Jr. San Martín 210, distrito de San Martín de Porres, Lima, en adelante EL CESIONARIO.

CLÁUSULAS

Primera: EL CEDENTE es propietario del negocio denominado “Café Aroma”, ubicado en Av. Universitaria 456, Los Olivos, Lima, el cual se encuentra debidamente registrado en SUNAT con RUC N° 20123456789.

Segunda: Por el presente contrato, EL CEDENTE traspasa en su totalidad el negocio a EL CESIONARIO, incluyendo:

  • Local en alquiler con contrato vigente hasta diciembre de 2026.
  • Equipos: máquina de café industrial, refrigerador, mobiliario.
  • Inventario valorado en S/ 8,500.
  • Cartera de clientes y proveedores.

Tercera: El precio total del traspaso se fija en S/ 75,000 (Setenta y cinco mil soles), que EL CESIONARIO se obliga a pagar de la siguiente manera:

  • S/ 35,000 al momento de la firma del contrato.
  • S/ 40,000 en dos cuotas iguales mensuales de S/ 20,000 cada una, con vencimiento el 10 de marzo y 10 de abril de 2025.

Cuarta: A partir de la fecha de firma, EL CESIONARIO asume todos los derechos y obligaciones relacionados con el negocio, incluyendo el pago de alquiler, servicios y obligaciones tributarias.

Quinta: Las partes acuerdan que cualquier controversia derivada del presente contrato será resuelta en la vía arbitral, conforme a las leyes peruanas.

Sexta: El presente contrato se firma en dos ejemplares de igual tenor y validez.

Firmas:

Carlos Alberto Ramírez Huamán
DNI: 45678912
EL CEDENTE

María Fernanda Torres Gutiérrez
DNI: 48231654
EL CESIONARIO


Demo 2 de Contrato

CONTRATO DE TRASPASO DE NEGOCIO

En la ciudad de Lima, a los 10 días del mes de febrero de 2025, comparecen:

PRIMERO: Don Luis Alberto Gutiérrez Salazar, identificado con DNI N° 42156387, con domicilio en Jr. Las Camelias 214, distrito de Miraflores, Lima, a quien en adelante se le denominará EL CEDENTE.

SEGUNDO: Doña Claudia María Rivera Paredes, identificada con DNI N° 47652134, con domicilio en Av. Primavera 1025, distrito de Santiago de Surco, Lima, a quien en adelante se le denominará EL CESIONARIO.

Ambas partes manifiestan tener plena capacidad legal para contratar y convienen celebrar el presente Contrato de Traspaso de Negocio, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO DEL CONTRATO

EL CEDENTE traspasa en favor de EL CESIONARIO el negocio denominado “Bistró Gourmet Lima”, ubicado en Av. Pardo 350, Miraflores, Lima, inscrito en SUNAT con RUC N° 20156789234, incluyendo todos los activos, derechos y obligaciones detallados en este documento.

CLÁUSULA SEGUNDA – BIENES Y DERECHOS INCLUIDOS

El traspaso incluye:

  1. Derecho de uso del local comercial en alquiler, con contrato vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
  2. Inventario de mercadería, valorado en S/ 15,200, según acta de inventario anexa.
  3. Equipamiento: hornos industriales, cocina, refrigeradores, licuadoras, mesas, sillas y utensilios de cocina, todo en buen estado de conservación.
  4. Marca registrada “Bistró Gourmet Lima” y logotipo.
  5. Cartera de clientes y proveedores.
  6. Licencias y permisos: licencia municipal de funcionamiento y certificado de Defensa Civil.

CLÁUSULA TERCERA – PRECIO Y FORMA DE PAGO

El precio total del traspaso se fija en S/ 120,000 (Ciento veinte mil soles), que EL CESIONARIO se obliga a pagar de la siguiente forma:

  • S/ 60,000 al momento de la firma del contrato.
  • S/ 60,000 en tres cuotas mensuales de S/ 20,000 cada una, con vencimiento el día 10 de marzo, abril y mayo de 2025.
    El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta BCP N° 191-000-4567891 a nombre de EL CEDENTE.

CLÁUSULA CUARTA – ENTREGA DEL NEGOCIO

La entrega del negocio se realizará el 15 de febrero de 2025, fecha en la cual EL CESIONARIO tomará posesión física y jurídica del mismo, recibiendo las llaves, documentación y licencias.

CLÁUSULA QUINTA – OBLIGACIONES DEL CEDENTE

EL CEDENTE se compromete a:

  1. Entregar el negocio libre de deudas tributarias, laborales y comerciales.
  2. No competir directamente con un negocio del mismo giro en un radio de 5 km durante un periodo de 2 años.
  3. Brindar asesoría al CESIONARIO durante los primeros 30 días posteriores a la entrega, sin costo adicional.

CLÁUSULA SEXTA – OBLIGACIONES DEL CESIONARIO

EL CESIONARIO se compromete a:

  1. Pagar el precio en las condiciones pactadas.
  2. Mantener el uso del local dentro del giro comercial establecido, salvo autorización escrita del arrendador.
  3. Cumplir con todas las obligaciones tributarias, laborales y comerciales desde la fecha de entrega.

CLÁUSULA SÉPTIMA – PERSONAL ACTUAL

En caso el CESIONARIO decida continuar con el personal del negocio, se suscribirán nuevos contratos de trabajo. EL CEDENTE declara que no existen deudas laborales pendientes.

CLÁUSULA OCTAVA – CONFIDENCIALIDAD

EL CEDENTE y EL CESIONARIO se comprometen a no divulgar información sensible relacionada con el negocio, clientes, proveedores y estrategias comerciales por un periodo mínimo de 3 años.

CLÁUSULA NOVENA – PENALIDADES

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas por parte de EL CESIONARIO dará derecho a EL CEDENTE a exigir una penalidad equivalente al 20 % del valor total del contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA – JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Para cualquier controversia derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de Lima, aplicando las leyes de la República del Perú.

Firmas:

Luis Alberto Gutiérrez Salazar
DNI: 42156387
EL CEDENTE

Claudia María Rivera Paredes
DNI: 47652134
EL CESIONARIO

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Written by
Jenniffer Rodríguez

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